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El alquiler es una opción para cientos de miles de españoles a pesar de que no es una tradición solida como en otros países, pero ya se esta consolidando en España como alternativa a tomar una hipoteca.

Este post esta dirigido a los que desean poner en alquiler su vivienda o propiedad. Para tratar de responder algunas dudas sobre que seguro de hogar se debe escoger.

Porque poner una vivienda en alquiler no se limita solo a firmar un contrato y esperar al fin de mes para cobrar y que el inquilino abone a la cuenta su mensualidad. Dejarle a otra familia nuestra vivienda genera algunas preocupaciones, saber si serán fieles y abonaran sus pagos puntualmente, si van a tratar bien la propiedad o si generaran problemas con los vecinos. Todo puede ser una maravilla, pero también hay casos en los que se convierte en una pesadilla.

Pero para esos casos existen seguros de hogar que no solo tienen en cuenta cuando se vive en el, sino que cubre en caso de alquiler. Para eso están los productos multirriesgo que entre sus coberturas se pueden agregar la protección para el arrendador.

Garantias principales.

En caso de estos seguros de hogar multirriesgo podemos destacar uno de los productos llamados responsabilidad civil del arrendador, que es uno de los ramos principales en las coberturas. El propietario del piso debe honrar el pago de las indemnizaciones por los daños corporales y/o materiales en los que el inquilino este involucrado, al ser el dueño del continente y de todo el contenido asegurado.

En la mayoría de los casos, los inquilinos son responsables y fieles, pero también es cierto que hay excepciones a esta norma. Es por eso que un riesgo de los cuales se puede enfrentar un propietario es a la morosidad. En esos casos existe la cobertura de impago de alquiler, en la que se recibe una compensación por la cantidad y el periodo que se haya asegurado por dicho riesgo hasta que el desahucio del inquilino se haga efectivo.

Estas garantías son las que el cliente se le garantizará un reembolso de los alquileres impagados por el moroso hasta el importe de renta mensual y por la cantidad de meses que se hayan definido en las clausulas del contrato, donde generalmente existe un periodo de carencia.

Una garantía adicional que también hay que agregarlo a la columna de importante es la perdida de alquileres por inhabitabilidad temporal. Como son los casos de inundación en los que la vivienda termina dañada de manera que no es posible vivir en ella. El seguro se hace cargo del dinero que se deja de ganar por el periodo que este estipulado para poner la vivienda de nuevo en condiciones mínimas para vivir.

Al poner nuestra vivienda en alquiler y dárselo a una persona desconocida también se debería de considerar la cobertura de defensa jurídica del arrendador, para poder contar con servicios de asesoría tales como: asesoría telefónica, reclamación por incumplimiento de contratos de servicios de reparación o mantenimiento de los bienes asegurados, defensa de responsabilidad penal en caso de que se cometa un delito o falta por parte del arrendador.

En el caso de la cobertura jurídica también se utiliza para las reclamaciones al inquilino por impagos, daños a la vivienda o sus bienes inmuebles, para las obras que se realicen en la vivienda sin autorización del propietario. Se utiliza en ocasiones en la que sea necesario reclamar los derechos de la vivienda alquilada, al proteger los intereses del propietario en casos como: reclamación a vecinos por incumplimiento de normas legales, reclamaciones por daños causados por terceros a la vivienda y/o bienes inmuebles.

Y no, por supuesto no dejaremos de comentar la cobertura por daños malintencionados por el inquilino, que cubre hasta la cantidad fijada en el seguro los daños materiales directos provocado en el continente y el contenido de la vivienda por parte de un inquilino de aquellos que llegan con malas intenciones.